Desescalada: Nuevas regulaciones en Fase 2

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Redacción / Ciclo 21

27 mayo

Hoy, 27 de mayo, ha sido publicada en el BOE la Orden SND 445 mediante la cual se flexibilizan las limitaciones para la práctica deportiva al aire libre en los territorios que se encuentran en la Fase 2 de la desescalada. 

Esta nueva orden tendrá efecto inmediato, por lo que las condiciones para practicar ciclismo durante la Fase 2 serán las siguientes: 

– Se podrá practicar actividad física al aire libre en grupos de hasta 15 personas, pero manteniendo la distancia de seguridad -10 metros- y, en caso de que no se pueda respetar esta, deberá usarse una mascarilla.

Los deportistas que no pertenezcan al grupo de deportistas profesionales, DAR o DAN podrán realizar actividad física al aire libre durante la Fase 2 en cualquier franja horaria, a excepción de en la estipulada para que los mayores de 70 años paseen o lleven a cabo actividad física (de 10 a 12 horas y de 19 a 20 horas). Los deportistas federados y no federados podrán realizar su actividad dentro de los límites de la provincia en la que residan.

Los deportistas federados y no federados podrán desplazarse para realizar actividad física, si fuera necesario, a aquellos espacios naturales (dentro de su provincia) en los que deban desarrollar su actividad deportiva. 

La Orden SND 445 del BOE, publicada en el día de hoy, no establece modificaciones en las condiciones para la práctica de deporte al aire libre en aquellos territorios que se encuentran en Fase 1, por lo que estas siguen siendo las mismas. 

Recordamos que este comunicado se realiza mediante una interpretación de las distintas órdenes emitidas por el Boletín Oficial del Estado en las últimas semanas, por lo que no supone ninguna información oficial vinculante. La RFEC emite este comunicado a modo informativo al colectivo ciclista.


24 mayo

La RFEC y sus FFAA comunican las nuevas actualizaciones para la práctica deportiva ciclista recogidas en las órdenes publicadas en las últimas fechas y que entrarán en vigor a partir del lunes 25 de mayo para aquellos territorios que se encuentren en Fase 1 y Fase 2.

Territorios que se encuentren en la Fase 1

Se podrá practicar actividad física al aire libre en grupos de hasta 10 personas, pero manteniendo la distancia de seguridad y, en caso de que no se pueda respetar esta, deberá usarse mascarilla.

los deportistas federados que no pertenecen al grupo de deportistas profesionales, deportistas de alto rendimiento (DAR) y deportistas de alto nivel (DAN) se les permite realizar entrenamientos dentro de los límites de la provincia en la que tengan su residencia. Los deportistas no federados únicamente podrán hacerlo en su municipio. Las franjas horarias en las que se podrá realizar actividad deportiva al aire libre siguen siendo las mismas: entre las 6 y las 10 horas y entre las 20 y las 23 horas, pudiendo entrenarse dos veces al día en el caso de los federados y una para los no federados. Las autonomías pueden modificar esas franjas. Recordamos que el grupo de deportistas profesionales, DAR y DAN no tienen limitaciones horarias para realizar sus entrenamientos. 

En los municipios de menos de 10.001 habitantes que tengan densidad inferior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado (con algunas excepciones) los horarios para la práctica deportiva serán desde las 6 hasta las 23 horas. Bajo este horario los deportistas residentes podrán entrenarse en su municipio y los municipios adyacentes que sean de la misma condición.

Los deportistas federados podrán seguir desplazándose para realizar sus  entrenamientos, si fuera necesario, a aquellos espacios naturales (dentro de su provincia) en los que deban desarrollar su actividad deportiva.

Territorios que se encuentren en la Fase 2

Se podrá practicar actividad física al aire libre en grupos de hasta 15 personas, pero manteniendo la distancia de seguridad y, en caso de que no se pueda respetar esta, deberá usarse una mascarilla.

Los deportistas que no pertenezcan al grupo de deportistas profesionales, DAR o DAN podrán realizar actividad física al aire libre durante la Fase 2 en cualquier franja horariaa excepción de la comprendida para que los mayores de 70 años paseen o lleven a cabo actividad física (de 10 a 12 horas y de 19 a 20 horas). Los deportistas federados podrán realizar su actividad dentro de los límites de la provincia en la que residan, mientras que los no federados únicamente podrán hacerlo en su municipio. 

En los municipios de menos de 10.001 habitantes que tengan densidad inferior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado (con algunas excepciones) los horarios para la práctica deportiva serán desde las 6 hasta las 23 horas. Bajo este horario los deportistas residentes podrán entrenarse en su municipio y los municipios adyacentes que sean de la misma condición. 

Los deportistas federados podrán seguir desplazándose para realizar sus  entrenamientos, si fuera necesario, a aquellos espacios naturales (dentro de su provincia) en los que deban desarrollar su actividad deportiva. 

Continuamos haciendo un llamamiento a todo el colectivo ciclista a seguir acatando estrictamente las normas y mostrando una actitud cívica acorde a las circunstancias. Desde la RFEC y sus FFAA agradecemos su colaboración y el ejemplo que están mostrando.

Recordamos que este comunicado se realiza mediante una interpretación de las distintas órdenes emitidas por el Boletín Oficial del Estado en las últimas semanas, por lo que no supone ninguna información oficial vinculante. La RFEC emite este comunicado a modo informativo al colectivo ciclista.

16 MAYO

Modificación de la Orden SND/388/2020 que regula el deporte federado desde la Fase 0:

– Se incluye en el grupo de deportistas profesionales y deportistas calificados de alto nivel a los de alto rendimiento de las comunidades autónomas, como ya informamos en comunicados anteriores.

 Para el resto de federados que no son del grupo anterior se permite realizar los entrenamientos dentro de los límites de la provincia en la que tengan su residencia. Las franjas horarias siguen siendo las mismas (entre las 6:00 horas y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas), pudiendo entrenarse dos veces al día.

– Las comunidades autónomas y ciudades autónomas podrán ahora modificar los horarios del deporte federado y no federado, pudiendo acordar que las franjas horarias comiencen hasta dos horas antes y terminen hasta dos horas después, siempre y cuando no se incremente la duración total de dichas franjas.

La modificación entra en vigor a partir del próximo lunes 18 de mayo, para todos los territorios desde la Fase 0.

Nueva regulación para los territorios de la Fase 2:

– Esta Orden regula para la fase 2 que las personas de hasta 70 años podrán realizar la actividad física no profesional al aire libre en cualquier franja horaria a excepción de la comprendida para los mayores, siendo el límite municipal para no federados y provincial para federados.

Desde la RFEC y sus FFAA veníamos solicitando una modificación de las medidas adoptadas inicialmente en cuanto a la libre circulación dentro de cada provincia durante la Fase 1; atendidas en parte nuestras demandas, queremos mostrar nuestro agradecimiento por su labor al Consejo Superior de Deportes, con el que hemos trabajado de forma ardua durante todo este periodo para tratar de mejorar las condiciones de nuestros ciclistas.

Continuamos instando a todo el colectivo ciclista a seguir acatando estrictamente las normas y mostrando una actitud cívica acorde a las circunstancias. Por último, agradecemos la colaboración y el ejemplo que están mostrando.

BOE del 16 de mayo

13 MAYO

El Consejo Superior de Deportes ha comunicado a la Real Federación Española de Ciclismo que todas aquellas personas que hayan representado a la selección española en competiciones internacionales en los dos últimos años, así como las que formen parte del programa de tecnificación deportiva de la RFEC recibirán un certificado por parte del Consejo Superior de Deporte como Deportista de Alto Rendimiento (DAR) y, por tanto, podrán entrenar bajo las mismas condiciones que los profesionales y Deportistas de Alto Nivel (DAN) desde la fase 1 de la desescalada.

La RFEC ya ha iniciado los trámites para solicitar los certificados DAR para los deportistas afectados por la medida y se les enviará por correo electrónico en los próximos días.

De forma ampliada os detallamos las condiciones estipuladas por el CSD para recibir la distinción de DAR:

– Que hayan sido seleccionados por la RFEC para representar a España en competiciones oficiales internacionales en categoría absoluta, en al menos uno de los dos últimos años.

– Que hayan sido seleccionados por la RFEC para representar a España en competiciones oficiales internacionales en categorías de edad inferiores a la absoluta, en al menos uno de los dos últimos años.

– Que sigan programas tutelados por la RFEC en los centros de alto rendimiento reconocidos por el Consejo Superior de Deportes.

– Que sigan programas de tecnificación tutelados por la RFEC incluidos en el Programa nacional de tecnificación deportiva desarrollado por el Consejo Superior de Deportes.

– Que sigan programas de tecnificación tutelados por la RFEC

ACTUALIZACIÓN 11 MAYO

Los ciclistas nacionales catalogados como Deportistas de Alto Rendimiento (DAR) por parte de cada comunidad autónoma podrán desde hoy lunes 11 de mayo realizar su actividad deportiva con las mismas condiciones que los profesionales y Deportistas de Alto Nivel (DAN): entrenamientos al aire libre sin límite horario dentro de su provincia con un entrenador y teniendo acceso libre a cualquier espacio natural. Así lo ha confirmado en el día de hoy el Consejo Superior de Deportes (CSD) a través de este documento. Aquellos deportistas DAR que aún no tengan el certificado acreditativo (indispensable para poder entrenar al aire libre junto a la licencia federativa) pueden solicitarlo a su comunidad autónoma a través de su federación autonómica.

Ciclistas federados y no federados

Por otra parte, deseamos aclarar que desde la Real Federación Española de Ciclismo y sus FFAA hemos estado trabajando incansablemente en estas últimas semanas, realizando continuas gestiones con el CSD para pedir aclaraciones cuando han surgido dudas de interpretación de las normas, reivindicando además modificaciones y mejoras para el colectivo ciclista.

Del mismo modo, la RFEC quiere expresar su total desacuerdo con las medidas adoptadas en cuanto a la libre circulación dentro de cada provincia durante la Fase 1, en las que no se incluye la libertad de movimiento para poder practicar ciclismo fuera de los límites municipales y de las franjas horarias vigentes, pero sí para otro tipo de actividades. Entendemos que eliminar las limitaciones de espacio (siempre dentro de la provincia) y de tiempo es perfectamente viable e incluso más seguro para nuestros ciclistas, siempre respetando las normas de distanciamiento, haciéndolo de manera individual y siguiendo las recomendaciones sanitarias para antes y después de la práctica.

Por el momento, el CSD recuerda en una publicación de hoy (ver publicación) que para la práctica deportiva en espacios al aire libre siguen en vigor los límites establecidos para los deportistas federados y no federados. Únicamente se puede realizar dentro del municipio, en las franjas horarias permitidas (2 veces al día para federados) y sin presencia de entrenador (Orden SND/388/2020). No obstante, nos consta que desde el CSD se está intentando que el Gobierno cambie estas normas.

Por último, desde esta federación no vamos a dejar de reclamar a las autoridades competentes que se permita a nuestros ciclistas la práctica deportiva dentro de cada provincia y sin horarios para facilitar el entrenamiento de manera segura y eficaz.

FAQ DEL CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES (PDF)

10 MAYO

Atendiendo a las consultas en relación a las nuevas condiciones para la práctica del ciclismo en aquellos territorios que han entrado en la Fase 1, que quedan reguladas en el BOE nº 130 del 9 de mayo, en la Orden SND/399/2020, la RFEC quiso aclarar las pautas fijadas por el Estado para realizar actividad física en instalaciones deportivas y centros deportivos.

Instalaciones deportivas al aire libre y centros deportivos

La Orden de 9 de mayo regula la práctica deportiva en instalaciones de ciclismo en territorios de Fase 1 como velódromos, pistas escuelas, pistas de BMX, instalaciones de Trial, etc. En cualquier caso, el uso de las mismas requerirá de cita previa y el cumplimiento de lo establecido en la orden mencionada.

Para la práctica deportiva en este tipo de este tipo de instalaciones, se permiten los desplazamientos dentro de la provincia y no son de aplicación las franjas horarias, ya que la actividad se realizará mediante cita previa. 

Entrenamiento fuera de instalaciones deportivas

En cuanto a la práctica deportiva al aire libre (fuera de instalaciones deportivas) durante la Fase 1, continúan vigentes las condiciones de la Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, previstas para la Fase 0. Entre ellas se encuentran los límites de la práctica en la provincia para profesionales, deportistas de alto nivel (DAN) y deportistas de alto rendimiento, estatales o nacionales (DAR), y límite municipal para el resto de federados. En cuanto a las franjas horarias, siguen estando vigentes las mismas para localidades superiores a los 5.000 empadronados.

Si bien, la Orden SND/399/2020 del 9 de mayo para la Fase 1 permite a las comunidades autónomas regular las franjas horarias referentes a los paseos de los niños y las franjas horarias para la práctica deportiva reguladas en la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre. Por ello, si las comunidades cambian los horarios de la actividad física no profesional, con la normativa actual, no afectará a los horarios de la práctica deportiva profesional y federada que está regulada en la orden Orden SND/388/2020, de 3 de mayo.

Como apuntamos, la Federación también ha estado realizando diferentes consultas al CSD para aclarar algunas de las cuestiones publicadas en el BOE del 9 de mayo. Entre ellas, si fuese de aplicación para la Fase 1 la libre circulación por la provincia para la práctica deportiva al aire libre (fuera de instalaciones) para los federados que no son profesionales o DAN.

La Real Federación Española de Ciclismo y las federaciones autonómicas agradecen la colaboración y el civismo que está mostrando el colectivo ciclista e instamos a continuar respetando estrictamente la normativa.

Adjuntamos la Orden SND/399/2020.

3 mayo

La Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, regula que los deportistas profesionales, de acuerdo con lo estipulado en el Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio, por el que se regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales, y los deportistas calificados por el Consejo Superior de Deportes como deportistas de alto nivel o de interés nacional, podrán realizar entrenamientos de forma individual, al aire libre, dentro de los límites de la provincia en la que resida el deportista.

Los/as ciclistas que se encuentren en esta catalogación podrán realizar a partir de mañana, día 4 de mayo, sus entrenamientos con estas condiciones:

  1. a) Podrán acceder libremente a los espacios naturales que requieran para desarrollar su actividad deportiva.
  2. b) La duración y el horario de los entrenamientos serán los necesarios para el mantenimiento adecuado de la forma deportiva.
  3. c) La distancia de seguridad interpersonal será de diez metros cuando se realicen los entrenamientos.
  4. d) Podrá presenciar los entrenamientos una persona que ejerza la labor de entrenador, siempre que resulte necesario y que mantenga las pertinentes medidas de distanciamiento social e higiene.
  5. d) La acreditación suficiente que contempla la norma es la licencia deportiva. Es recomendable que los deportistas calificados por el Consejo Superior de Deportes como deportistas de alto nivel o de interés nacional porten el certificado emitido por el CSD y los deportistas profesionales cuenten con una declaración responsable de su empresa o equipo que acredite que cumplen el Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio.
  6. e) Los deportistas de la modalidad de ciclismo adaptado pertenecientes a este grupo podrán contar con el acompañamiento de otro deportista para realizar su actividad deportiva, si esto resulta ineludible. En este caso, las distancias de seguridad interpersonal se reducirán lo necesario para la práctica deportiva, debiendo utilizar ambos mascarilla, y se aplicarán las medidas que se consideren oportunas para garantizar la higiene personal.

Aquellos ciclistas federados que no se encuentren en el grupo de deportistas profesionales, o los reconocidos por el CSD como de alto nivel o de interés nacional, podrán realizar entrenamientos bajo las siguientes condiciones:

  1. a) Podrán realizar entrenamientos de forma individual, en espacios al aire libre, dos veces al día, entre las 6:00 horas y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas, y dentro de los límites del término municipal en el que tengan su residencia.
  2. b) Podrán acceder libremente a los espacios naturales que requieran para desarrollar su actividad deportiva.
  3. c) Deberán respetar la distancia de seguridad interpersonal de 10 metros.
  4. d) No se permite la presencia de entrenadores u otro tipo de personal auxiliar durante el entrenamiento.
  5. e) La licencia deportiva será suficiente para acreditar ser un deportista federado.
  6. f) Cuando se trate de deportistas federados que practiquen la modalidad de ciclismo adaptado podrán contar con el acompañamiento de otro deportista para realizar su actividad deportiva, si esto resulta ineludible. En este caso, las distancias de seguridad interpersonal se reducirán lo necesario para la práctica deportiva, debiendo utilizar ambos mascarilla, y se aplicarán las medidas que se consideren oportunas para garantizar la higiene personal.

La Orden publicada regula los deportistas federados y no concreta la situación de los menores de 14 años, ni los mayores de 70 años, por lo que realizaremos las consultas pertinentes para aclarar si estos pueden entrenar en las condiciones de esta orden publicada el día 3 de mayo. 

Agradecemos la colaboración y el civismo que ha mostrado el colectivo ciclista durante este fin de semana e instamos a continuar respetando la normativa y a colaborar con las autoridades.

Seguiremos esperando a que el resto de propuestas planteadas a las autoridades en nuestro comunicado anterior puedan ser atendidas en cuanto sea posible por la evolución de la pandemia.

Comunicado de la Real Federación Española de Ciclismo en relación a las condiciones de entrenamiento para ciclistas federados durante la fase 0 de la desescalada.

La RFEC y sus federaciones autonómicas se mantienen a la espera de conocer la información que contiene la próxima publicación del BOE que debe regular la salida de deportistas profesionales, de alto nivel y federados.

En informaciones publicadas ayer en algunos medios de comunicación -como Ciclo 21– se anunció que los deportistas federados de alto nivel o interés nacional podrán entrenar individualmente sin límite de tiempo en toda la provincia y acompañados por su entrenador. Si esto finalmente fuese así, creemos que es un primer paso importante, si bien necesitamos conocer con más detalle qué deportistas serían los que tendrían esta consideración, dada la casuística de nuestro deporte. Por eso hemos transmitido al CSD nuestra preocupación  para que no queden fuera de estas medidas los ciclistas de élite.

Estamos a la espera de conocer el texto oficial para poder informar de estas medidas con detalle a los ciclistas profesionales, de alto nivel y resto de federados.

También anuncian los medios que al resto de federados se les permitirá entrenar en las dos franjas horarias ya establecidas para la actividad física y dentro del mismo municipio. Desde la Real Federación Española de Ciclismo, después de hablar con nuestras federaciones autonómicas, nos hemos puesto en contacto con el CSD para transmitirles la preocupación del colectivo ciclista de poder entrenar únicamente bajo estas medidas.

Nos preocupa la seguridad, ya que los federados tienen que entrenar por carreteras, calles o caminos llenos de personas corriendo, paseando o de ciclistas no habituales, con el consiguiente riesgo de accidentes.

El ciclismo necesita mucho espacio para poder llevarse a cabo. Por eso hemos solicitado que el texto permita circular por la provincia a todos los ciclistas federados.  En caso de que el CSD o el Ministerio de Sanidad no considere oportuno en esta fase  implantar esta  medida para todos los federados, hemos solicitado como segunda opción que se les permita a los ciclistas profesionales y de alto nivel entrenar por la provincia, y al resto de federados entrenar tanto en su municipio como en los municipios adyacentes. Esta medida de los municipios adyacentes ya se ha contemplado por el Ministerio de Sanidad para la asistencia a los huertos.

También hemos solicitado ampliar la franja horaria para que los federados puedan contar con más horas de luz solar y por tanto con mayor seguridad.

En cuanto tengamos respuestas a las propuestas planteadas os informaremos al respecto.

Como publicó este medio el martes 28 de abril con el ‘Plan para la transición hacia una nueva normalidad’ por parte del Gobierno de España como previsión orientativa para el levantamiento de las limitaciones establecidas durante el estado de alarma, se establecen las siguientes condiciones para el deporte profesional y federado y para el deporte no profesional durante la Fase 0 del mismo,

La Real Federación Española de Ciclismo (RFEC) añadió en su comunicado posterior algunas pinceladas sobre el seguro de la licencia y el carnet ciclista. Las dudas sobre tiempo, distancias y otros detalles se aclararán con la orden ministerial que se publicará este jueves en el Boletín Oficial del Estado.

Deporte profesional y federado

Se permitirán los entrenamientos individuales de profesionales y federados, así como el entrenamiento básico de ligas profesionales, siempre que la actividad deportiva se realice sin contacto. Más información en este enlace.

El seguro de la licencia federativa cubrirá las salidas en bicicleta tan pronto estas puedan realizarse y siempre y cuando se cumpla con las condiciones que se puedan establecer desde el Gobierno central y/o autonómico.

Recordamos -en respuesta a las consultas recibidas en las últimas horas- que el Carnet Ciclista tiene múltiples ventajas pero no es una licencia federativa puesto que está enfocado al ciclismo de ocio. Por tanto, el usuario del Carnet no se considera deportista federado.

Deporte no profesional

Sse permitirá la actividad deportiva sin contacto (como montar en bici) siempre que se haga de forma individual y con la protección adecuada (distancia y mascarilla, cuando sea posible, etc.). Más información en este enlace


12 comentarios

  1. lo primero vaya mierda de comunicado no avanzan nada y generan confusion y lo segundo veo ciertas intenciones recaudatorias a traves de nuevas altas licencias por el comentario del carnet ciclista.para que os quede claro NO hara falta estar federado para poder salir a montar en bici.hoy saldremos de dudas cuando se publique una orden del ministerio de sanidad en la forma de hacerlo pero habra una franja horaria y sera para todos igual federados o no federados.no le solteis ni un duro a ninguna federacion si no teneis intencion de sacaros una licencia que no os engañen son unos caraduras y me lo demuestra con este comunicado la rfec.si tienes un accidente en bicicleta no vas a dejar de estar atendido en la sanidad publica que no suelten la indirecta de lo del carnet ciclists porque lo unico que intentan es que la gente se saque la licencia para sacarles el dinero..con la licencia tienes derecho a seguro medico privado que probablemente muchos que no tengais licencia ya los tengais contratados por vuestros trabajos o por que quereis.sacaros licencia si os apetece pero si no teneis la necesidad porque ni vais a competir y no quereis que no vengan con este comunicado a engañar a la gente

    • Buenas
      Parece ser que mañana salen las normas para los profesionales.
      Quien son los profesionales? Federado con licencia UCI competitiva?
      En fin..

  2. Nada cambia, el hecho de salir dos veces no soluciona nada a nadie. Una persona que entra a trabajar a las 8 y sale a las 17 se esta en casa hasta las 20 para salir sin luz?
    La federación tiene que luchar por todos sus federados no sólo por los profesionales.

    Este año federarse no tiene sentido, sin carreras y sin poder entrenar, son 100 euros a la basura.

  3. Hola yo lo veo igual por ejemplo yo trabajo de 7:00 a 16;00 horas que tengo que esperarme hasta las 20:00 h para poder salir una hora si llega? No lo veo me patece ridiculo

  4. Se sigue sin solucionar nada, ¿qué beneficio genera que yo no me cruce a las 6 de la tarde con una persona de 70 años en el monte haciendo deporte si me lo puedo cruzar en el bar tomando un chato de vino?

    La federación no está obteniendo ningún beneficio y si la semana que viene sigue sin obtenerlo debería pronunciarse oficialmente sobre su parecer, aunque solo sea por fidelidad a sus socios. Las franjas horarias son la risa y perjudican claramente al ciclista aficionado, confinándolo a la practica deportiva en horarios sin luz y poniendo en riesgo su seguridad.

    • La verdad es que la labor de la RFEC por mucho que estemos en pandemia está quedando totalmente en entredicho y más si es cierto que la federación vasca consiguió ayer que en su comunidad no exista en fase 1 el límite municipal para practicar ciclismo.
      Estoy de acuerdo en que deberían dar explicaciones y señalar cuáles están siendo sus peticiones y el estado de las mismas.
      Saludos.

  5. Muchos años he estado federado y lo hacía por convicción, como una forma de apoyar a un deporte que practico y disfruto con pasión, aunque no se me pasara por la cabeza competir. Pero hace unos años dejé de federarme por cierto desencanto con los estamentos federativos. Veo que poco ha cambiado en la federación cuando no defienden los intereses de tod@ aquell@s que practicamos este deporte por pasión y placer. Somos también nosotr@s, l@s ciclistas sin nombre, ni trofeos, ni palmarés, l@s que hacemos de este deporte algo apasionante. Y eso continuará aunqe la Federación no luche por defender nuestra afición al pedal en una situación como la actual.

  6. Es vergonzoso que se permita a todo el mundo a salir a cuaiquier hora a tomarse una cerveza y con menor distancia entre otros que con la practica del ciclismo que es casi imposible estar a esa distancia en bicicleta . Parece ser mejor incharse a alcohol que practicar cicismo, nos toca salir a unos horarios que no todos podemos hacerlo. No se que hace la federacion que no lucha al menos por el libre horario de la practica del ciclismo como está ya todo el mundo, Para que queremos estar federados si para cuando deverdad nos hacen falta no estan.

  7. Despues de ver lo que esta luchando la federacion por nosotros, mi club lo tuene claro «y somos mas de 100» los federados, el proximo año no nos federamos

  8. Estimados amigos y amigas:
    La Federación de Ciclismo solo quiere lo mejor para sus afiliados. Eso es de cajón. Y la federación solicita información a los organismos competentes para difundirla entre sus asociados, básicamente porque quiere proporcionar las mejores condiciones posibles a los ciclistas. Esto es lo que haríamos cualquiera de nosotros si fuéremos miembros de la federación.

    Pero la federación hace lo que puede y hasta donde puede. La federación no tiene la culpa de que el covid-19 y las restricciones de nuestras autoridades nos estén fastidiando a todos. A todos. Pensad que si toda una Comunidad Autónoma como Madrid ha sido incapaz de cambiar de fase de medidas de restricciones y de mejorar la calidad de vida de sus ciudadanos, y si provincias como Granada o Málaga han padecido las mismas restricciones que Madrid ¿qué puede hacer una federación de uno de los cientos de deportes que se practican en España que no hayan podido hacer provincias enteras?
    Tenéis toda la razón del mundo cuando utilizáis la comparativa entre los bares abarrotados y el entrenamiento individual o de un grupo de ciclistas, pero ¿los clientes de un bar desprenden y lanzan sudor al prójimo porque se mueven a velocidades de 20 o 40 kms/h?
    ¿La práctica del ciclismo con más o menos libertad municipal y de horarios genera el dinero que mueven los bares y restaurantes para reactivar la economía española? Sí, estoy hablando de intereses y necesidades políticas y económicas. Es lo que hay y es lo que ahora toca. De momento.
    Entonces, si la práctica del ciclismo genera una productividad económica menor para el turismo y la hostelería y solo puede complicar un presunto repunte de contagios, y si todo un presidente/a de una Comunidad Autónoma no puede hacer nada para que su Comunidad o Provincia pase de una fase a otra ¿qué puede hacer una federación por sus afiliados y, egoístamente hablando, por su propio interés, para cambiar la decisión de un ministro de Sanidad?

    Decís que habéis tirado 100€ de licencia federativa a la basura. Vale. De acuerdo, pero ¿la culpa es de nuestra federación? ¿Obtener la licencia solo sirve para participar en marchas cicloturistas a menor precio? Sirve para muchas más cosas, básicamente, para tener derecho a un seguro privado en caso de accidente durante las 24 horas del día y durante los 365 días del año, que nos cubre:
    Rescate, ambulancia, ingreso hospitalario, intervención quirúrgica, rehabilitación, consultas, etc. etc.
    Y hay gastos que generan mucho más de 100€, y mucho más de 1.000 y 3.000€. Ojo.
    Claro, como no puedo entrenar lo que yo quiero, el riesgo de intervención del seguro federativo es menor. Pero ¿qué podemos hacer ante estas situaciones excepcionales? ¿Adivinar si en 2025, antes de federarnos, va a venir otra pandemia, catástrofe ambiental, guerra nuclear o invasión extraterreste para no federarnos?

    Se trata de una situación, repito, excepcional, como hacía cientos de años que no ocurría en España ni en el resto del mundo. Hay que aceptarla como es y como viene, se le podrá echar la culpa al gobierno de nuestro país en mayor, menor o ninguna medida, pero, Señoras y Señores, si podemos discutir durante 10 años sobre la responsabilidad de nuestro Gobierno de España en esta pandemia sin ponernos de acuerdo ¿qué culpa podemos echarle a nuestra federación?, que solo quiere que sus afiliados salgan a entrenar cuanto antes las 24 horas del día.
    Por favor, reflexionemos. Atacar a los demás es fácil y gratis. E igual de fácil y gratis es ponernos un ratito, solo unos minutos, en el lugar de los demás, sean políticos o sean cargos federativos, para ver qué haríamos o qué hubiéramos hecho nosotros si nos hubiera pillado esta situación.
    Solo espero y deseo que nos veamos muy pronto en la carretera y en la montaña, y que podamos entrenar y pasearnos sin que nadie nos imponga restricciones municipales, provinciales, ni horarios.

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